Dioxinas y botellas de agua
Escrito el Abril 24th, 2008 en Seguridad Alimentaria
Tags: Dioxinas | Seguridad Alimentaria
La AESAN, ha publicado ayer un comunicado con objeto de desmentir el hoax que está circulando por internet con respecto a las dioxinas y botellas de agua. Conviene recordar que las dioxinas se forman por la combustión a bajas temperaturas de materia orgánica, y la producción botellas para plásticos no existen procesos de combustión, por lo que su presencia en las botellas y su posterior migración al agua no es más que un engaño. Su uso no está permitido en los materiales plásticos en contacto con alimentos.
Leída la noticia en ALyCie, os dejo aquí pegado el comunicado de la AESAN:
Desmentido sobre el mito de las dioxinas en botellas de plástico que circula por Internet
23/04/2008
Como consecuencia de la circulación de un hoax (correos electrónicos engañosos) acerca de los efectos cancerígenos de la utilización de plásticos en la alimentación, supuestamente emitido por la Universidad John Hopkins, la AESAN se ve en la obligación de desautorizar dicha información, tanto en su origen como en su contenido.
Internet ha sido desbordado con falsos correos electrónicos advirtiendo de la exposición a dioxinas cancerígenas por refrigerar agua en botellas de plástico. Uno de esos correos electrónicos engañosos ha sido atribuido de manera errónea a la Universidad John Hopkins desde la primavera de 2004. La propia Universidad John Hopkins ha desmentido dicha información el 15 de enero de 2008, que se puede consultar en: http://www.jhsph.edu/dioxins
Con el término “dioxinas” se conoce a un grupo de compuestos orgánicos tricíclicos halogenados, que se incorporan a los seres vivos acumulándose en el tejido graso. Las dioxinas son compuestos que no se sintetizan industrialmente de manera intencionada, sino que se trata de subproductos no deseados de distintos procesos térmicos como la incineración de residuos. Se producen también durante prácticas culinarias como el asado a la parrilla. Los alimentos contaminados, principalmente de origen animal, suponen el principal aporte a la ingesta de estas sustancias.
Las dioxinas deben su origen a procesos de combustión, por reacción de algunos precursores como los hidrocarburos y compuestos clorados en presencia de oxigeno; pero también proceden de productos de desecho como son los lodos de depuradora o lixiviados de vertederos.
Durante la fabricación de los materiales plásticos no existe un proceso de combustión por lo que no es probable la presencia de dioxinas en este tipo de materiales ni, por tanto, que migren al agua. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que la reducción de la temperatura disminuiría la migración en caso de producirse, por lo que no sería el elemento causante de la misma.
Los correos electrónicos engañosos anteriormente expuestos demuestran que su elaboración ha sido realizada por personas que carecen de todo conocimiento sobre este tema y que pueden estar motivados por otros intereses distintos al sanitario.
Conviene señalar que en España, al igual que en todos los países de la Unión Europea, para que un plástico pueda ser utilizado en contacto con alimentos, debe haber sido autorizado según la Directiva 2002/72/CE (Real Decreto 118/2003) y cumplir las condiciones previstas en el Reglamento 1935/2004 sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos. Para más información consultar con el apartado de legislación.
Por otra parte, se puede proceder a la retirada de la autorización de un plástico en contacto con alimentos, si en función de la evolución de conocimientos científicos, surge alguna duda sobre la inocuidad de dicho plástico y la seguridad de su empleo.
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición recuerda a los consumidores sus advertencias con respecto a las informaciones falsas, que podrían sembrar confusión y conducir a la población a una alimentación desequilibrada al descartar ciertos alimentos de la dieta.
En resumen, la AESAN considera que no existe motivo de inquietud derivado del empleo de plásticos en la alimentación y sería aconsejable que los consumidores no tuvieran en cuenta las informaciones sobre este tema que no estén avaladas por esta Agencia.
Copyright AESAN.
Un saludo a tod@s.

