Reglamento (CE) nº 360/2008 de la Comisión, de 18 de abril de 2008, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.
Desde luego junto con la Comunicación de ayer, la cosa no está muy clara tal y como indica ALyCie. Me queda la duda de saber con exactitud lo que podemos estar comprando.
Un saludo a tod@s.
Hoy la Comisión ha publicado una nota de prensa (inglés) en la que indica, que tras la opinión de la EFSA ha decidido adoptar una nueva norma respecto al material específico de riesgo. Se va a subir el límite de edad del ganado de los 24 meses actuales a los 30 para los cuales tras su sacrificio debe de ser eliminada la columna vertebral.
El cambio de acuerdo a la Comisión, está basado en el estancamiento en el número de casos de EEB y al aumento de la edad de aquellos especimenes que presentan la enfermedad. La EFSA había indicado el pasado mes de abril del año pasado que incluso los 33 meses serían lo suficientemente seguros. Se espera que la medida tenga un efecto positivo en la competitividad de la industria cárnica y ganadera
Un saludo a tod@s.
Hay disponible en la web de la Food Safety Authority of Ireland, un folleto (General Labelling of Pre-Packaged Food) de ayuda para el etiquetado de productos alimenticios que se comercializan en ese país, está en inglés y es perfectamente válida para otros países de la UE con excepción del idioma, que siempre debe ser el del país de destino y quizás el apartado de indicación de número de piezas y peso en el caso de productos que se venden de manera individual y van en envases con varias unidades. Por cierto el mismo folleto está disponible en varios idiomas como son entre otros árabe, chino, ruso, etc. Se trata de un ayuda a la importación.
En el mismo sitio se puede leer una guía de etiquetado en Irlanda 2007, The Labelling of Food in Ireland 2007. Bastante completa y muy útil.
Estas guías y más en Food Legis.
Un saludo a tod@s.
La obesidad se define como un exceso de grasa, determinado por un índice de masa corporal (IMC) superior o igual al 30%. La Organización Mundial de la Salud desde el año 2000 reconoce a la obesidad como una enfermedad, relacionada con un aumento en los riesgos de padecer enfermedades como diabetes, ciertos tipos de cáncer, problemas cardiovasculares. Además del problema de salud de las personas que la sufren, se produce un problema económico asociado a los costes que ésta tienen para la economía de un país. Costes asociados con el tratamiento tanto de la obesidad como de los problemas derivados de ella, así como costes derivados del absentismo laboral relacionado con la obesidad. Se puede leer un informe al respecto, realizado por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada An Economic Analysis of Obesity in Europe: Health, Medical Care and Absenteeism Costs, (Análisis Económico de la Obesidad en Europa: Salud, Cuidados Médicos y Costes del Absentismo) elaborado por Anna Sanz de Galdeano, de la Universidad de Gerona.
El montante en estos momentos de dichos costes y sobre todos del incremento que van a tener dado el aumento de la incidencia de la obesidad, está llevando a los gobiernos a buscar la manera de reducir la obesidad, en particular aquella debida al estilo de vida (sedentarismo, dieta) a través de mediadas legislativas que afectan en particular a la industria de alimentos y bebidas.
La cuestión es, regular el etiquetado de los alimentos, su composición y la publicidad, ¿van a tener algún efecto?, ¿es necesario algo más?
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Perdón por las molestias de haber estado fuera de servicio un rato, hemos actualizado a WordPress 2.5, de momento sin problemas.
Un saludo a tod@s.
Posted on Abril 19th, 2008 in DOUE | 1 Comment »
Reglamento (CE) nº 353/2008 de la Comisión, de 18 de abril de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo para las solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables con arreglo al artículo 15 del Reglamento (CE) nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En su anexo se desarrolla toda la norma técnica que rige la elaboración y presentación de las solicitudes de declaraciones de propiedades saludables en productos alimenticios. En ella nos encontramos con además de las explicaciones sobre la información que se debe de proporcionar, sobre la estructura del documento. Se indica en el artículo 4 que todos los datos protegidos por propiedad intelectual deberán ser presentados en un documento separado al de la propia solicitud.
Un saludo a tod@s.
Decisión de la Comisión 2008/317/CE, de 10 de abril de 2008, relativa a la no inclusión de rotenona, extracto de Equisetum y clorhidrato de quinina en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y a la retirada de las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan estas sustancias [notificada con el número C(2008) 1293].
Un saludo a tod@s
En el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy tenemos el Reglamento (CE) nº 345/2008 de la Comisión, de 17 de abril de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de importaciones de terceros países contemplado en el Reglamento (CEE) no 2092/91 del Consejo sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (Texto refundido).
Un saludo a tod@s
Reglamento (CE) nº 340/2008 de la Comisión, de 16 de abril de 2008, relativo a las tasas que deben abonarse a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos con arreglo al Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).
Como bien dice AlyCie parece ser que la Agencia busca autofinanciación, por otro lado las tasas perjudican claramente a las pequeñas y medianas empresas, en mi modesta opinión.
Un saludo a tod@s.
El Bisfenol A (BPA) es un producto químico que se emplea para producir policarbonatos (para las botellas de bebidas) y resinas epoxi (usadas en el recubrimiento interior de latas). Pues bien esta sustancia está a punto de provocar un quebradero de cabeza a la Food and Drug Administration (FDA). Este pasado lunes el Instituto Nacional de Salud (NIEHS) de los Estados Unidos ha publicado un informe (pdf) sobre el BPA en el cual muestra sus preocupación sobre su efecto sobre fetos, bebés y niños con los actuales niveles de exposición en USA.
Pues bien a parte de la repercusión en los medios de dichas conclusiones, algunos lideres del Comité de Energía y Comercio del Congreso de USA, han solicitado a la FDA solicitando más información sobre la base por la cual se aprobó el uso de BPA en productos destinados a ser empleados por bebés y niños. Parece ser que los estudios en los que se fundamentó la decisión fueron financiados por el American Plastics Council.
Aquí en Europa la EFSA, refrendó el año pasado las conclusiones alcanzadas en el 2002, veremos si este estudio americanos les hace volver a revisar toda la información y sacar nuevas conclusiones.
Leído en Público.es
Un saludo a tod@s.