eurlex_logoEn el DOUE L 204 se ha publicado el Reglamento (CE) no 689/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos.

El objetivo del Reglamento es:

  • Aplicar el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo (prior informed consent), en sus siglas en inglés, «PIC», aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional.
  • Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos en el movimiento internacional de productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños.
  • Contribuir a la utilización racional desde el punto de vista medioambiental de los productos químicos peligrosos.

Lo mismo en Sinapti.

Un saludo a tod@s.