Archive for Marzo, 2009

Sobao Pasiego en Bruselas – Indicación Geográfica Protegida

Posted on Marzo 31st, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE C75 se ha publicado una solicitud (2009/C 75/15) con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

La solicitud es para el Sobao Pasiego con las características técnicas que se recogen en el documento y para la zona que comprende los siguientes municipios de Cantabria: Anievas, Arenas de Iguña, Astillero (El), Bárcena de Pie de Concha, Camargo, Cartes, Castañeda, Cieza, Corrales de Buelna (Los), Corvera de Toranzo, Entrambasaguas, Liérganes, Luena, Marina de Cudeyo, Medio Cudeyo, Miengo, Miera, Molledo, Penagos, Piélagos, Polanco, Puente Viesgo, Reocín, Ribamontán al Mar, Ribamontán al Monte, Riotuer to, San Felices de Buelna, San Pedro del Romeral, San Roque de Riomiera, Santa Cruz de Bezana, Santa María de Cayón, Santander, Santillana del Mar, Santiurde de Toranzo, Saro, Selaya, Suances, Torrelavega, Vega de Pas, Villacarriedo, Villaescusa, Villafufre.

Un saludo a tod@s.

Cajas de Ahorros, Ministros y Banco de España

Posted on Marzo 29th, 2009 in Consejo de Ministros | No Comments »

En el Consejo de Ministros especial que se ha celebrado hoy se ha aprobado el Real Decreto-Ley por el que se autoriza la concesión de garantías derivadas de la financiación que pueda otorgar el Banco de España a favor de Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha.

Podemos ver como la crisis internacional empieza a hacerse más tangible, en cuanto a la intervención del Estado, en esta nuestra querida España, camisa blanca de mi esperanza. El motivo de la intervención es:

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un aval del Tesoro para que el Banco de España facilite financiación a la Caja de Ahorros de Castilla- La Mancha.

La caja de ahorros de Castilla-La Mancha es una entidad solvente, es decir, su patrimonio neto es positivo. La entidad afronta, sin embargo, problemas de liquidez que sólo pueden ser resueltos, a través de la financiación del Banco de España. La obtención de esta financiación garantiza que la Caja va a cumplir todas sus obligaciones frente a sus depositantes y sus acreedores.

La normativa comunitaria obliga a que esta financiación esté avalada por el Estado y, por esa razón, es necesaria la aprobación de un Decreto Ley por el Consejo de Ministros.

Para garantizar la financiación que el Banco de España pueda conceder a Caja Castilla-La Mancha, en este Decreto Ley se autoriza el aval de la Administración General del Estado por el importe que el Banco considere necesario, sin que en ningún caso pueda superar los 9.000 millones de euros.

Esta decisión del Gobierno se produce a raíz de la petición realizada por el Banco de España en el día de ayer, tras la reunión de su Comisión Ejecutiva, en la que se acordó la sustitución de los administradores de la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha.

Ambas decisiones – la sustitución de los administradores y el otorgamiento de la financiación necesaria a través del Banco de España- garantizan que la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha va seguir operando con absoluta normalidad. Sus depositantes y acreedores deben tener la total tranquilidad de que la Caja va a responder a todas sus obligaciones.

El sistema financiero español es sólido. Estamos ante un hecho aislado y poco significativo: la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha representa algo menos del 1% de los activos del sistema financiero español. Y el Gobierno está firmemente comprometido en la garantía de la solvencia de nuestras entidades de crédito.

© Presidencia del Gobierno 2009. Complejo de la Moncloa, Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28071 Madrid. (España).

Un saludo a tod@s.

Real Decreto 361/2009 seguridad en la mesa

Posted on Marzo 28th, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE nº 75 se ha publicado el Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.

El Decreto había sido aprobado el pasado 20 de Marzo en el Consejo de Ministros y tiene como objetivo principal armonizar para España la información mínima de la cadena alimentaria, exigida por la normativa de la Unión Europea, y que se pedirá a todos los ganaderos que envíen sus animales a sacrificio.

Un saludo a tod@s.

Reglamento (CE) nº 256/2009 LMR de azoxistrobina y fludioxonil

Posted on Marzo 27th, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE L 81 se ha publicado el Reglamento (CE) nº 256/2009 de la Comisión, de 23 de marzo de 2009, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de azoxistrobina y fludioxonil en determinados productos.

Más información sobre los límites máximos de plaguicidas en productos destinados a alimentación humana o animal en SCADPlus.

Un saludo a tod@s.

Grelos de Galicia en Bruselas – Indicación Geográfica Protegida

Posted on Marzo 26th, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE C 72 se ha publicado una solicitud 2009/C 72/09 con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

La solicitud es de Indicación Geográfica Protegida (IGP) para Grelos de Galicia, correspondiendo la zona de producción, transformación y envasado a Galicia de lo que se define como

la parte vegetativa destinada al consumo humano procedente de plantas de la especie Brassica rapa L. var. rapa (comúnmente conocida como Nabo), de las variedades-población correspondientes a los ecotipos de Santiago y Lugo, así como de las variedades comerciales registradas «Grelos de Santiago» y «Globo blanco de Lugo», representativas respectivamente de dichos ecotipos, comercializada en fresco, congelada y en conserva.



A disfrutar de un buen lacón con grelos y saludos a tod@s.

Real Decreto 330/2009 vibraciones y salud de los trabajadores

Posted on Marzo 26th, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE nº 73 se ha publicado el Real Decreto 330/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.

Había sido aprobado en el Consejo de Ministros del pasado día 13 de Marzo.

Un saludo a tod@s.

Quesos de Roncal y Casín en el BOE

Posted on Marzo 21st, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE número 69 se han publicado dos Resoluciones relativas a Denominaciones de Origen de dos quesos.

  • Resolución de 16 de febrero de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la denominación de origen protegida “Roncal”.
  • Resolución de 16 de febrero de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la denominación de origen protegida “Queso Casín”.

Un saludo a tod@s.

Los Ministros van de la granja a la mesa

Posted on Marzo 20th, 2009 in Consejo de Ministros | 1 Comment »

En el Consejo de Ministros del día 20 de Marzo se ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados al sacrificio.

La referencia nos aclara el objeto de dicho Real Decreto que no es otro que incrementar la seguridad de los consumidores:

El Consejo de Ministros, a petición de los Ministros de Sanidad y Consumo, y Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha aprobado un Real Decreto que aumenta la seguridad de los ciudadanos al regular la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados al sacrificio. Esta nueva norma coloca a España a la cabeza de Europa en este aspecto.

El Real Decreto tiene como objetivo principal armonizar para España la información mínima de la cadena alimentaria, exigida por la normativa de la Unión Europea, y que se pedirá a todos los ganaderos que envíen sus animales a sacrificio. Estos datos ya deben figurar en los registros que los ganaderos deben tener en sus explotaciones, por lo que no supone requisitos adicionales o más gravosos de obtener. Además, con objeto de facilitar su cumplimiento, en el texto se establecen distintas vías para el suministro de esta información.

Esta norma sistematiza y ordena lo establecido en diferentes reglamentos comunitarios, que constituyen el denominado “paquete de higiene”. Sin perjuicio de la directa e inmediata aplicación de estas normas comunitarias, dado su elevado número, extensión y complejidad, se ha considerado conveniente sistematizar ciertos preceptos derivados de las mismas para hacer más fácil la comprensión de todos los aspectos relacionados con la información de la cadena alimentaria.

De la granja a la mesa

La seguridad de los consumidores hace necesaria una comunicación adecuada entre los agentes que intervienen en la cadena alimentaria, desde la producción primaria (granja, en este caso) hasta la venta al por menor. Así, con este Real Decreto se refuerza la comunicación entre el sector primario y el siguiente eslabón de la cadena alimentaria, al establecer los datos que deben transmitirse entre ambos para mejorar la gestión de sus establecimientos, explotación ganadera y matadero.

El objetivo es conseguir una mejora de las explotaciones y, por lo tanto, de los animales que crían y de la carne que producen, lo que contribuye al objetivo común de todos los integrantes de la cadena alimentaria: la seguridad alimentaria.

Los ganaderos tienen que disponer en sus explotaciones de registros donde se reflejen, por ejemplo, la naturaleza y origen de los alimentos suministrados a los animales, los medicamentos suministrados a los animales, las enfermedades que puedan afectar a la seguridad y los resultados de los análisis efectuados.

Información veinticuatro horas antes

Los ganaderos tienen que poner a disposición de los mataderos la información sobre los animales veinticuatro horas antes de enviarlos para su sacrificio. Para su aplicación se ha establecido un período transitorio que finaliza el 1 de enero de 2010.

Una vez sacrificados los animales, el veterinario oficial ha de registrar cualquier enfermedad o afección observada en el matadero respecto de cada animal, rebaño o manada que pueda afectar a la salud pública, a la sanidad animal o al bienestar de los animales. Esta información debe comunicarse, cuando sea trascendente, a la explotación de procedencia de los animales y a las autoridades competentes para que puedan adoptar las medidas necesarias. Se crea así un “feed-back” (retroalimentación) de información para mejorar la gestión de los animales en la explotación, donde sigue siendo fundamental la figura del profesional de la Veterinaria.

El Real Decreto establece las responsabilidades de los operadores económicos y de las autoridades competentes.

© Presidencia del Gobierno 2009. Complejo de la Moncloa, Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28071 Madrid. (España).

En unos días podremos ver el Real Decreto publicado en el BOE.

Un saludo a tod@s.

Aguas minerales de Vega del Codorno

Posted on Marzo 20th, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE nº 68 se ha publicada la Resolución de 10 de febrero de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se publica la declaración de mineral natural de las aguas provenientes de los pozos “Vega del Codorno 2″ y “Vega del Codorno 4″ situados en Vega del Codorno, (Cuenca).

Un saludo a tod@s.

Real Decreto 299/2009 pureza de edulcorantes

Posted on Marzo 20th, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE nº 68 se ha publicado el Real Decreto 299/2009, de 6 de marzo, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.

Había sido aprobado en el Consejo de Ministros el pasado día 6 marzo. Tal y como indicamos en su momento es la transposición a la normativa nacional de la Directiva 2008/60/CE la cual es una versión codificada de todas las modificaciones sufridas por la Directiva 95/31/CE original.

Un saludo a tod@s.