Posted on Junio 18th, 2008 in DOUE | 1 Comment »
En el DOUE, L 158, se ha publicado la versión codificada de la Directiva 2008/60/CE de la Comisión, de 17 de junio de 2008, por la que se establecen criterios específicos de pureza de los edulcorantes que pueden emplearse en los productos alimenticios.
Ya tenemos agrupados en un sólo documento los criterios de pureza de edulcorantes permitidos en la UE. Todos ellos con su número E, existen otros edulcorantes sin número E, tal y como indica ALyCie en su blog, de los cuales hablaré en una entrada posterior y que están generando bastante movimiento con respecto a ellos. Sólo dejo caer el nombre de uno de ellos, un derivado de la Stevia rebaudiana, el otro edulcorante lo mantengo hasta preparar la entrada.
Un saludo a tod@s.
En el DOUE L 152 de 11 de Junio de 2008 nos encontramos con la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.
Antes del 11 de Junio de 2010 debe de estar transferida a la legislación nacional, quedando derogadas las Directivas 96/62/CE, 1999/30/CE, 2000/69/CE y 2002/3/CE, aunque algunos artículos serán modificados en 2008 (ver Artículo 31 de la Directiva).
Un saludo a tod@s.
Se ha presentado un documento de trabajo de la Comisión Europea relativo a un borrador de Directiva para modificar la Directiva 90/496/CE en relación a las cantidades diarias recomendadas, factores de conversión de la energía y ciertas definiciones de fibra.
- En primer lugar se hace una modificación de la definición de fibra alimentaria.
- Se incluye la fibra con 2 kcal/g y el eritritol con 0 kcal/g en los factores de conversión de valor energético.
- Se modifica como sigue las cantidades diarias recomendadas: Vitamina E sube de 10 a 12 mg, la Vitamina C pasa de 60 a 80 mg, la tiamina baja de 1.4 a 1.1 mg, la riboflavina pasa de 1.6 a 1.4 mg, la niacina de 18 a 16 mg, la B6 de 2 a 1.4 mg, la B12 pasa de 12 a 2.5 microgramos, la biotina de 150 a 50 microgramos, el fósforo de 800 a 700 mg, el magnesio de 300 a 375 mg y el zinc de 15 a 10 mg.
- Se añaden las siguientes vitaminas y minerales a la tabla: Vitamina K, cobre, manganeso, flúor, selenio, cromo, molibdeno, yodo.
Desde la fecha de su aprobación los Estados Miembros tendrán un plazo de 4 años para asegurarse que no quedan en el mercado productos que no cumplan con la Directiva.
Un saludo a tod@s.
El pasado día 5 de Abril se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea dos Directivas que recogen la autorización de nuevas sustancias activas, así como la ampliación de los usos del metconazol.
Directiva 2008/44/CE de la Comisión, de 4 de abril de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo para incluir las sustancias activas bentiavalicarbo, boscalid, carvone, fluoxastrobina, Paecilomyces lilacinus y protioconazol.
Directiva 2008/45/CE de la Comisión, de 4 de abril de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo respecto a la ampliación del uso de la sustancia activa metconazol .
Un saludo a tod@s.