Posted on Agosto 7th, 2008 in BOE | No Comments »
En el BOE número 190 se ha publicado la Ley 9/2008, de 10 de julio, de modificación de la Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de los residuos. Para la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Lo mismo y más en Sinapti.
Un saludo a tod@s.
En el Consejo de Ministros de hoy se ha aprobado el Real Decreto por el que se nombra Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición a Dª Ana María Troncoso González.
Parece ser que el asunto del aceite de girasol de Ucrania ha pasado cuentas.
Un saludo a tod@s.
En el BOE número 184, se ha publicado el Real Decreto 1245/2008, de 18 de julio, por el que se modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.
En el se recoge el listado definitivo de los alérgenos cuya indicación es obligatoria en las etiquetas y que había sido aprobado en el Consejo de Ministros del 18 de Julio del presente año, y del que habíamos informado en una anterior entrada, allí se puede consultar cuales son esos ingredientes. Plazo hasta el 31 de Mayo de 2009, a partir de esa fecha sólo los productos etiquetados con anterioridad y que no se adapten a dicho Real Decreto podrán seguir siendo comercializados hasta agotar existencias. La prórroga de comercialización afectará exclusivamente a los productos alimenticios comercializados o etiquetados de acuerdo con el Real Decreto 1164/2005, de 30 de septiembre, por el que se suspende temporalmente la aplicación de una parte del anexo V de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.
Lo mismo en Sinapti.
Un saludo a tod@s.
En el BOE número 174 se ha publicado el Real Decreto 1244 /2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Se establece la normativa básica de potencial de producción vitivinícola para el desarrollo del Reglamento (CE) nº 479/2008.
Un saludo a tod@s.
El Consejo de Ministros del 18 de Julio se ha aprobado el REAL DECRETO por el que se modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio. Por fin se ha transferido a la normativa nacional la Directiva 2007/68/CE de la Comisión de 27 de noviembre de 2007 que modifica el anexo III bis de la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a determinados ingredientes alimentarios.
Se indica el listado de ingredientes cuya indicación en el etiquetado es obligatoria debido a las reacciones que puede provocar en personas sensibles a los mismos, así como aquellos que han quedado exentos de dicha mención en las etiquetas, que hasta ahora lo habían estado de manera provisional. La directriz a emplear es que en caso de no aparecer su nombre en el texto de ingredientes, su presencia debe de ser advertida mediante la partícula Contiene seguida del nombre del ingrediente recogido en la norma. Los ingredientes y los derivados de ellos cuya indicación es obligatoria son:
- Cereales que contengan gluten o productos derivados; salvo:
- jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa;
- maltodextrinas a base de trigo;
- jarabes de glucosa a base de cebada;
- cereales utilizados para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas.
- Crustáceos o productos a base de crustáceos.
- Pescado y productos a base de pescado, salvo:
- gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides;
- gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
- Huevos y productos a base de huevo.
- Cacahuetes y productos elaborados a base de estos frutos.
- Soja y productos a base de soja.
- aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados;
- tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja;
- fitosteroles y esteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja;
- esteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa), salvo
- lactosuero utilizado para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas alcohólicas;
- lactitol.
- Frutos de cáscara como almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, castañas de Pará, pistachos o alfóncigos, macadamias o nueces de Australia y productos derivados.
- Nueces y productos derivados.
- Mostaza y productos derivados.
- Granos de sésamo y productos a base de dichos granos.
- Dióxido de azufre y sulfitos en determinadas concentraciones.
- Altramuces y productos a base de altramuces.
- Moluscos y productos a base de moluscos.
Dentro de pocos días veremos el Real Decreto ya publicado en el BOE y daremos buena cuenta de ello en este vuestro blog.
Un saludo a tod@s.
En el BOE número 169 se ha publicado el Real Decreto 1079/2008, de 27 de junio, por el que se regula el marcado de los jamones y paletas y los periodos de elaboración para la utilización de determinadas menciones en el etiquetado.
Ya habíamos comentado en una anterior entrada, su aprobación por parte del Consejo de Ministros, se introduce una serie de menciones voluntarias de Bodega o Cava, Reserva o Añejo y Gran Reserva en función del tiempo de elaboración mínimo (período entre su entrada en el salazón y su comercialización) de 9 - 12 y 15 meses para el caso de los jamones y de 5 - 7 y 9 para las paletas. Los productos deberán de llevar marcado al menos la semana y el año de entrada en el salazón.
Un saludo a tod@s.
En el BOE número 168 se ha publicado el Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.
El objetivo para las industria alimenticias es fomentar la correcta separación y categorización de subproductos en industrias agroalimentarias, así como fomentar la adopción de sistemas de gestión de subproductos en los que se hayan constatado dificultades técnicas para su valorización. Se pueden pedir durante los 6 primeros meses del año.
Un saludo a tod@s.
En el BOE número 159 se ha publicado la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España y se convoca su concesión para el año 2008.
Se reconoce la evolución del sector agroalimentario desde la implantación de los distintos premios existentes y en vista de ella se lleva a cabo la revisión de las bases y su unificación en un sólo premio de los anteriores Premios «Alimentos de España», «Mejor Empresa Alimentaria Española», «Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra Español» y «Mejores Quesos Españoles».
Un saludo a tod@s.
En el BOE nº 158 tenemos la Orden ARM/1906/2008, de 3 de junio, por la que se publica la relación de galardonados en la XI edición del premio «Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles: Cosecha 2007/2008».
Categoría «Aceites de Oliva Virgen Extra de Producción Convencional».
Grupo I «Frutados Verdes Amargos».
Premio Sociedad Cooperativa Andaluza Almazaras de la Subbética, de
Carcabuey (Córdoba).
Accésit: Manuel Montes Marín, de Priego de Córdoba (Córdoba).
Grupo II «Frutados Verdes Dulces».
Premio: Potosí 10, S.A., de Orcera (Jaén).
Accésit: Inmaculada Concepción de la Roda, Sociedad Cooperativa
Andaluza, de Pedrera (Sevilla).
Grupo III «Frutados Maduros».
Premio: Cooperativa Agrícola y Caixa Agraria de Cambrils, de Cam-
brils (Tarragona).
Accésit: Molí La Boella, S.L., de La Canonja (Tarragona).
Categoría «Aceites de Oliva Virgen Extra de Producción Ecológica».
Premio: Sociedad Cooperativa Andaluza Almazaras de la Subbética,
de Carcabuey (Córdoba).
Accésit: Hacienda Queiles, S.L., de Tudela (Navarra).
Un saludo a tod@s y a disfrutar de estos maravillosos aceites que nos ofrecen nuestras tierras.
En el BOE número 156 podemos encontrar la Orden ARM/1868/2008, de 6 de junio, por la que se publica la Resolución de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, por la que se modifica la Resolución de 25 de mayo de 2001, por la que se reconoce la denominación «Vino de la Tierra de Cangas».
Queda modificado el área de producción para poder acogerse a dicha denominación que comprende los concejos de: Allande, Cangas del Narcea, Degaña, Grandas de Salime, Ibias, Illano y Pesoz, y a las siguientes parroquias que pertenecen al concejo de Tineo: Arganza, Barca, Genestaza, Merillés, Ponte, Rodical, Santianes, Sorriba y Tuña. Así como las variedades de uva que se pueden emplear para su fabricación.
Recomendadas: Albarín blanco (B), Albillo (B), Garnacha tintorera (T), Mencía (T), Picapoli blanco extra (B) y Verdejo negro (T). Autorizadas: Albarín negro (T), Carrasquín (T), Godello (B), Gewurztraminer (B), Merlot (T), Moscatel grano menudo (B), Pinot noir (T) y Syrah (T).
Un saludo a tod@s.