Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición

Posted on Octubre 2nd, 2009 in Consejo de Ministros | No Comments »

En el Consejo de Ministros de hoy se ha presentado el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición:

Aborda de forma integral la seguridad alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumidor, y contiene medidas para luchar contra la obesidad.

El Consejo de Ministros ha sido informado hoy, por las Ministras de Sanidad y Política Social, y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, sobre el Anteproyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que unifica en una sola norma toda la legislación de alimentos y nutrición con el objetivo de reforzar la seguridad de los ciudadanos en materia alimentaria. El Gobierno da cumplimiento, de este modo, a un compromiso adquirido con los ciudadanos e incluido en la Estrategia de Seguridad Alimentaria 2008-2012.

Una de las características de la legislación alimentaria en la actualidad es su dispersión normativa. Con la nueva Ley se aborda de forma integral la seguridad alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumidor, para anticiparse a riesgos físicos, químicos y biológicos.

Además, recoge los riesgos nutricionales y su incidencia en la salud, y tiene en consideración riesgos sociales, de integración o de discriminación, relacionados con la seguridad y la nutrición.

Revisión y actualización normativa

La situación actual exige una actualización de la normativa básica estatal contenida en la Ley General de Sanidad de 1986. En los más de veinte años transcurridos desde su entrada en vigor han evolucionado notablemente tanto los sistemas de producción, los conceptos de seguridad, de riesgo o de nutrición, como las demandas de los ciudadanos. Existe, por lo tanto, la necesidad de que estas cuestiones se regulen adecuadamente y en consonancia con los cambios técnicos, científicos, económicos y sociales que se están produciendo.

Al mismo tiempo, se cumplen las exigencias de la Unión Europea en la materia y se consolida el papel de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), creada en 2001, como organismo coordinador de las políticas de seguridad alimentaria y nutrición con las comunidades autónomas.

La Ley otorga una especial importancia a los aspectos relativos a la coordinación y cooperación entre Administraciones para el diseño de planes oficiales de control integrados, coordinados y, en la medida de lo posible, sistematizados, con respeto a la organización jurídica de competencias y a las exigencias establecidas en la normativa nacional y comunitaria.

Problemas emergentes: la obesidad

La globalización de los intercambios comerciales y los movimientos migratorios, los cambios en las preferencias de consumo alimentario y en la nutrición de los ciudadanos españoles, plantean problemas nuevos que exigen soluciones legislativas también nuevas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera la tendencia creciente a la obesidad y el sobrepeso como la primera pandemia no infecciosa del siglo XXI y segunda causa de muerte evitable en el mundo occidental. La nueva Ley reforzará la lucha contra la obesidad puesta en marcha en España a través de la Estrategia NAOS, premiada por la propia OMS.

Según la Encuesta Nacional de Salud, uno de cada dos adultos está obeso o tiene sobrepeso. Respecto a los niños y adolescentes, el 9,13 por 100 tiene obesidad y el 18,48 por 100, sobrepeso; en resumen, uno de cada cuatro niños españoles tiene exceso de peso. Esta alta tasa de obesidad infantil tiene una enorme trascendencia en términos de salud, esperanza de vida e impacto económico: en 2002 se calculó que los costes asociados a la obesidad sumaban unos 2.500 millones de euros anuales, lo que representa, aproximadamente, el 7 por 100 del gasto sanitario total.

Medidas contra la obesidad

En el marco de la Estrategia NAOS, puesta en marcha en febrero de 2005 con el objetivo de promocionar una alimentación saludable, promover la práctica habitual de actividad física e invertir la tendencia ascendente de la obesidad, la nueva Ley contempla medidas especiales dirigidas a menores, particularmente en el ámbito escolar.

La nueva Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición establece la creación de una Red Española de Laboratorios de Control Oficial de Seguridad Alimentaria, que reforzará la vigilancia en seguridad alimentaria, mejorará la gestión de la calidad y apoyará la investigación en metodología analítica de la seguridad alimentaria, entre otros aspectos.

© Presidencia del Gobierno 2009. Complejo de la Moncloa, Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28071 Madrid. (España).

Un saludo a tod@s.

Reglamento (CE) 669/2009 controles a las importaciones de piensos y alimentos

Posted on Julio 26th, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE L 194 se ha publicado el Reglamento (CE) no 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE.

Un porcentaje elevado de los controles se refiere al contenido en aflatoxinas de determinados frutos secos, mientras que en menor medida están colorantes Sudán, Cd y Pb y presencia de plaguicidas.

Un saludo a tod@s.

Gallinas en el DOUE L 152 Reglamento (CE) 504/2009 y Reglamento (CE) 508/2009

Posted on Junio 16th, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE L 152 se han publicado los siguientes Reglamentos:

  1. Reglamento (CE) no 504/2009 de la Comisión, de 15 de junio de 2009, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 546/2003 sobre la comunicación de determinados datos relativos a la aplicación de los Reglamentos (CEE) 2777/75 y (CEE) 2783/75 del Consejo en 2771/75, (CEE) los sectores de los huevos y las aves de corral.
  2. Reglamento (CE) no 508/2009 de la Comisión, de 15 junio 2009, que modifica el Reglamento (CE) no543/2008 por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a la comercialización de carne de aves de corral.

Un saludos tod@s.

Reglamento (CE) 470/2009

Posted on Junio 16th, 2009 in DOUE | No Comments »

eurlex_logoEn el DOUE L 152 se ha publicado el Reglamento (CE) no 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la fijación de los límites de residuos de las sustancias farmacológicamente activas en los alimentos de origen animal, se deroga el Reglamento (CEE) 2377/90 del Consejo y se modifican la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Un saludo a tod@s.

Manipuladores de alimentos y enfermedades infecciosas. Guía de la FSA

Posted on Mayo 14th, 2009 in Guía | No Comments »

fsaLa Food Standards Agency (FSA) ha publicado una guía para la industria, Food Handlers: Fitness to Work – Regulatory Guidance and Best Practice Advice For Food Business Operators 2009 (pdf de 105KB). El objetivo de la guía es ayudar a gestionar aquellas situaciones en las que el personal que manipula alimentos en una instalación y debido a que sufre una enfermedad puede contaminar los productos con los que está trabajando.

Se proporciona al personal de mando y empleados de las pautas a seguir para evitar la propagación de la infección remarcando que enfermedades y síntomas se deben de poner en conocimiento de los mandos y que respuesta se debe dar a esas situaciones.

En resumen la guía indica que:

  • Los vómitos y la diarrea son los principales síntomas de enfermedades que se pueden transmitir a través de los alimentos.
  • El personal que manipula alimentos o trabaja en aquellas áreas en las que éstos son manipulados debe de advertir de manera inmediata a sus superiores de dichos síntomas.
  • Los mandos deben de impedir a dicho personal trabajar con o cerca de alimentos al aire hasta pasadas 48 horas de la finalización de los síntomas.

Normas básicas de higiene para las industrias alimentarias pero que nunca viene mal releer. Es bastante interesante la encuesta del Anexo 3 a realizar a nuevas contrataciones, visitas a fábrica y personal que se reincorpora al puesto de trabajo tras una estancia en el extranjero.

Esperamos que os sea de utilidad.

Un saludo a tod@s.

Real Decreto 361/2009 seguridad en la mesa

Posted on Marzo 28th, 2009 in BOE | No Comments »

logo_boeEn el BOE nº 75 se ha publicado el Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.

El Decreto había sido aprobado el pasado 20 de Marzo en el Consejo de Ministros y tiene como objetivo principal armonizar para España la información mínima de la cadena alimentaria, exigida por la normativa de la Unión Europea, y que se pedirá a todos los ganaderos que envíen sus animales a sacrificio.

Un saludo a tod@s.

Los Ministros van de la granja a la mesa

Posted on Marzo 20th, 2009 in Consejo de Ministros | 1 Comment »

En el Consejo de Ministros del día 20 de Marzo se ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados al sacrificio.

La referencia nos aclara el objeto de dicho Real Decreto que no es otro que incrementar la seguridad de los consumidores:

El Consejo de Ministros, a petición de los Ministros de Sanidad y Consumo, y Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha aprobado un Real Decreto que aumenta la seguridad de los ciudadanos al regular la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados al sacrificio. Esta nueva norma coloca a España a la cabeza de Europa en este aspecto.

El Real Decreto tiene como objetivo principal armonizar para España la información mínima de la cadena alimentaria, exigida por la normativa de la Unión Europea, y que se pedirá a todos los ganaderos que envíen sus animales a sacrificio. Estos datos ya deben figurar en los registros que los ganaderos deben tener en sus explotaciones, por lo que no supone requisitos adicionales o más gravosos de obtener. Además, con objeto de facilitar su cumplimiento, en el texto se establecen distintas vías para el suministro de esta información.

Esta norma sistematiza y ordena lo establecido en diferentes reglamentos comunitarios, que constituyen el denominado “paquete de higiene”. Sin perjuicio de la directa e inmediata aplicación de estas normas comunitarias, dado su elevado número, extensión y complejidad, se ha considerado conveniente sistematizar ciertos preceptos derivados de las mismas para hacer más fácil la comprensión de todos los aspectos relacionados con la información de la cadena alimentaria.

De la granja a la mesa

La seguridad de los consumidores hace necesaria una comunicación adecuada entre los agentes que intervienen en la cadena alimentaria, desde la producción primaria (granja, en este caso) hasta la venta al por menor. Así, con este Real Decreto se refuerza la comunicación entre el sector primario y el siguiente eslabón de la cadena alimentaria, al establecer los datos que deben transmitirse entre ambos para mejorar la gestión de sus establecimientos, explotación ganadera y matadero.

El objetivo es conseguir una mejora de las explotaciones y, por lo tanto, de los animales que crían y de la carne que producen, lo que contribuye al objetivo común de todos los integrantes de la cadena alimentaria: la seguridad alimentaria.

Los ganaderos tienen que disponer en sus explotaciones de registros donde se reflejen, por ejemplo, la naturaleza y origen de los alimentos suministrados a los animales, los medicamentos suministrados a los animales, las enfermedades que puedan afectar a la seguridad y los resultados de los análisis efectuados.

Información veinticuatro horas antes

Los ganaderos tienen que poner a disposición de los mataderos la información sobre los animales veinticuatro horas antes de enviarlos para su sacrificio. Para su aplicación se ha establecido un período transitorio que finaliza el 1 de enero de 2010.

Una vez sacrificados los animales, el veterinario oficial ha de registrar cualquier enfermedad o afección observada en el matadero respecto de cada animal, rebaño o manada que pueda afectar a la salud pública, a la sanidad animal o al bienestar de los animales. Esta información debe comunicarse, cuando sea trascendente, a la explotación de procedencia de los animales y a las autoridades competentes para que puedan adoptar las medidas necesarias. Se crea así un “feed-back” (retroalimentación) de información para mejorar la gestión de los animales en la explotación, donde sigue siendo fundamental la figura del profesional de la Veterinaria.

El Real Decreto establece las responsabilidades de los operadores económicos y de las autoridades competentes.

© Presidencia del Gobierno 2009. Complejo de la Moncloa, Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28071 Madrid. (España).

En unos días podremos ver el Real Decreto publicado en el BOE.

Un saludo a tod@s.

Seguridad alimentaria en USA una guía para todos

Posted on Agosto 30th, 2008 in Fuentes | No Comments »

La Oficina en Beijing del FAS ha lanzado un sitio web el pasado mes de Mayo que contiene bastante información sobre estándares tanto de los Estados Unidos como Internacionales tanto en inglés como en chino. El sitio está diseñado para ayudar a lo chicos a comprender el sistema de seguridad alimentaria, pero es muy útil para cualquiera que está o piensa exportar a USA alimentos, bebidas o productos agrícolas.

U.S. Food Safety Web Site

También hay disponible una guía sobre la manera de usar dicho sitio web.

Lo mismo y más en Sinapti.

Espero que os sea de utilidad y un saludo a tod@s.

FDA permite la irradiación de ciertos productos

Posted on Agosto 29th, 2008 in propuesta | No Comments »

Radura símboloLa FDA anunció el pasado día 21 de agosto la propuesta final para la modificación de las normas sobre aditivos con el fin de permitir el uso de radiaciones ionizantes para el control de patógenos y extensión de la vida útil de las espinacas y lechugas iceberg frescas.

Es la respuesta a la solicitud presentada en 2007 por parte de Grocery Manufacturers’ Association representando a The Food Irradiation Coalition.

La versión que se aprobará permitirá la irradiación  de los dos vegetales indicados arriba hasta un máximo de dosis absorbida de 4.0 kGy, nivel adecuado para reducir la presencia de patógenos que con anterioridad han sido asociados con estos vegetales, E. coli y salmonella.

Hay un período de 30 días para hacer llegar cualquier objeción con respecto a la propuesta.

Imagen de Wikimedia.

Lo mismo y más en Sinapti.

Un saludo a tod@s.

Alcanfor y la EFSA

Posted on Julio 30th, 2008 in EFSA | No Comments »

efsaLa EFSA ha comunicado hoy su opinión respecto al alcanfor como componente de alimentos y bebidas bien sea por ser empleado como substancia química en aromas o por haber empleado hierbas o aceites esenciales que lo contienen. Los datos empleados están basados en un único Estado miembro y en la actualidad no existe límite en la normativa para su uso por lo que hay incertidumbre respecto a sus niveles en alimentos y bebidas así como al consumo en toda Europa. Debido a ello el Panel de la EFSA recomienda que los límites deberían de asegurar que la exposición al alcanfor no exceda los 2 mg/kg de peso corporal diarios y para cualquier edad.

La nota de prensa en el vínculo anterior y allí también se puede consultar el Resumen y la Opinión.

Lo mismo en Sinapti.

Un saludo a tod@s.